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Calculadora de
Liquidación y Finiquito

Obtén un estimado de tu liquidación o finiquito conforme a la Ley Federal del Trabajo. El resultado es orientativo; para un cálculo exacto, consulta con nuestros abogados.

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Años

Meses

Días

Días de vacaciones ya disfrutados que se descontarán del cálculo.

La causa de separación determina si corresponde una liquidación o un finiquito.

Los resultados son estimados conforme a la LFT. No constituyen asesoría legal.

¿Liquidación o finiquito?

La causa de separación determina qué tipo de pago corresponde.

Finiquito

Se paga cuando el trabajador renuncia voluntariamente o hay mutuo acuerdo. Incluye las partes proporcionales (vacaciones, prima vacacional y aguinaldo) y, si tiene 15 o más años de servicio, la prima de antigüedad (Art. 162 LFT).

Liquidación

Se paga cuando el patrón despide al trabajador sin causa justificada. Incluye las partes proporcionales, la prima de antigüedad (siempre) y la indemnización constitucional de 3 meses de salario (Art. 50 LFT).

Vacaciones por ley

La tabla del Art. 76 LFT establece los días mínimos: 12 días al primer año, 14 al segundo, 16 al tercero, 18 al cuarto y 20 días del quinto año en adelante, con incrementos cada 5 años adicionales.

Salarios caídos

Si el patrón no paga en tiempo, puedes reclamar salarios caídos desde la fecha del despido hasta el pago total. Este concepto no está incluido en la calculadora; consulta con un abogado.